Indulgencia Plenaria durante el Triduo Pascual

Ver también: Cuaresma

Podemos ganar para nosotros o para los difuntos el don de la Indulgencia Plenaria si realizamos algunas de las siguientes obras establecidas por la Santa Sede durante el Triduo Pascual.

Jueves Santo

Durante la solemne reserva del Santísimo Sacramento, que sigue a la Misa de la Cena del Señor, si recitamos o cantamos el himno eucarístico del "Tantum Ergo" ("Adorad Postrados").

Visitando por espacio de media hora el Santísimo Sacramento reservado en el Monumento para adorarlo.

Viernes Santo

El Viernes Santo, si asistimos piadosamente a la Adoración de la Cruz en la solemne celebración de la Pasión del Señor.

Sábado Santo

Rezando juntos el Santo Rosario.

Vigilia Pascual (noche del sábado)

Asistiendo a la celebración de la Vigilia Pascual y renovando en ella las promesas de nuestro Santo Bautismo.

Condiciones para ganar indulgencias Plenarias:

1- Exclusión de todo afecto hacia cualquier pecado, incluso venial.

2- Confesión sacramental

3- Recibir la Eucaristía

4- Orar por las intenciones del Sumo Pontífice. Si cumple rezando por su intención un Padrenuestro y Avemaría; pero se concede a cada fiel cristiano la facultad de rezar cualquier oración.

Estas condiciones pueden cumplirse unos días antes o después de la ejecución de la obra enriquecida con la Indulgencia Plenaria; pero conviene que la comunión y la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo día en que se cumple la obra.

Con una sola confesión sacramental pueden ganarse varias indulgencias. Conviene, no obstante, que se reciba frecuentemente la gracia del sacramento de la Penitencia, para ahondar en la conversión y en la pureza de corazón. En cambio, con una sola comunión eucarística y una sola oración por las intenciones del Santo Padre sólo se gana una Indulgencia Plenaria.

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