
Priviliegio Paulino
(Ley canónica)
La disolución del lazo matrimonial entre dos personas que no eran bautizadas cuando se casaron.
Fundamento: 1 Cor 7, 12-15.
Condiciones:
-Ambos estaban sin bautizar cuando se casaron.
-Después del matrimonio uno de los dos se bautizó mientras que el otro continúa sin bautizar.
-La parte no bautizada abandona el matrimonio, sea físicamente por divorcio o deserción, o sea moralmente, haciendo el matrimonio insoportable para el converso.
-El abandono por la parte no bautizada es verificado, pidiéndole si tiene la voluntad de ser bautizado, o por lo menos vivir en paz con la parte bautizada.
Si todas las condiciones se dan, la Iglesia puede darle a la parte bautizada el derecho de casarse con un bautizado.
0 comentarios